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Nuevo baremo del grado de discapacidad

Se aprueba el real decreto que regula el nuevo procedimiento para la valoración del grado de discapacidad. La nueva norma, que regula el reconocimiento la discapacidad, la declaración de esta y la calificación del grado de discapacidad actualiza la legislación vigente desde 1999 y entrará en vigor el 20 de abril de 2023.

El baremo del grado de discapacidad es la herramienta que se utiliza para medir, para constatar, las dificultades que tiene una persona (con una determinada enfermedad o condición), para desenvolverse en la sociedad en igualdad de condiciones. Es decir, se trata de un instrumento que permite obtener el certificado de discapacidad y que, por tanto, le permite a esa persona la entrada al sistema de derechos establecidos en España.

Este baremo permite el acceso al sistema de derechos establecidos en nuestro país a una persona con discapacidad.

Se establecen unos criterios objetivos para la valoración y calificación del grado de discapacidad en todo el territorio del Estado, garantizando con ello el acceso en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía. Esto hace que a través de dicha valoración garantice una descripción más precisa y completa del grado de discapacidad.

Novedades:

  • Nuevo trámite de urgencia para valorar la discapacidad: El artículo 10 del Real Decreto establece un trámite de urgencia para valorar la discapacidad por causas humanitarias o de especial necesidad social para las víctimas de zonas en guerra y por razones de salud y de esperanza de vida, como es el caso de las personas con enfermedades degenerativas, como la ELA y las enfermedades raras, entre otras. También se incluye en esta reducción de plazos a las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Mismo baremo de discapacidad en todas las comunidades autónomas: El nuevo baremo establece unos criterios objetivos para valorar y calificar el grado de discapacidad en todo el territorio del Estado, garantizando así el acceso en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía
  • Protección de los menores con discapacidad: El texto hace una especial mención a los menores con discapacidad, ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación por motivos de edad o discapacidad, recibirán asistencia y apoyos adaptados a sus circunstancias y tendrán el mismo derecho que los adultos a ser informados y escuchados.
  • Objetivo: flexibilizar los trámites para pedir la discapacidad: Se permite que la persona que solicita la discapacidad pueda ir acompañada de una persona de confianza, con el objetivo de favorecer la autonomía y seguridad de las personas con discapacidades severas o grandes necesidades de apoyo.

La Administración tiene 6 meses de plazo desde que se presenta la solicitud para dictar la resolución expresa con la puntuación obtenida.

Una vez que se reconoce discapacidad, la Administración debe emitir una tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.

Real decreto 888/2022

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