Ayudas directas para la adquisición de material escolar tras la DANA del 29 de octubre de 2024

Las familias con hijos e hijas escolarizados en centros educativos de municipios afectados por la DANA de octubre de 2024 podrán solicitar una ayuda directa de 500 euros destinada a la compra de material escolar.

BOE


📌 ¿Qué es y para qué sirve esta ayuda?

Es una subvención directa de 500 € para el alumnado matriculado en enseñanzas regladas no universitarias en centros públicos, privados y concertados de municipios de la Comunitat Valenciana afectados por la DANA.

Su objetivo es compensar los daños materiales sufridos por las familias durante este episodio meteorológico.

👉 Todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos podrán beneficiarse.
👉 El orden de presentación de la solicitud no influye en la concesión de la ayuda.


👩‍👩‍👧 Quién puede solicitarla

  • Alumnado matriculado a fecha 30 de septiembre de 2025 en un centro educativo de alguno de los municipios incluidos en el anexo del decreto.
  • Que haya sufrido daños materiales derivados de la DANA.
  • Centros públicos, privados y concertados.

Quedan exceptuados:

  • Centros de educación infantil de primer ciclo.
  • Centros con enseñanzas equivalentes en sistemas educativos extranjeros.

🏫 Enseñanzas incluidas

Esta ayuda está destinada a alumnado matriculado en:

  • Educación Infantil (2º ciclo)
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Formación Profesional
  • Programas Formativos de Cualificación Básica
  • Formación de Personas Adultas
  • Enseñanzas de Idiomas
  • Enseñanzas Artísticas Profesionales de Música y Danza
  • Enseñanzas Deportivas
  • Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
  • Centros de Educación Especial específica


📝 Plazo de solicitud

  • Inicio: 20 de octubre de 2025, a las 09:00 h
  • Fin: 19 de noviembre de 2025, a las 15:00 h

💻 Cómo y dónde presentar la solicitud

  • Presentación telemática obligatoria a través de la Secretaría Digital de la Generalitat Valenciana:
    👉 https://itaca3.edu.gva.es/tel/
  • Puede presentarla:
    • El padre, madre o tutor/a legal del alumno/a.
    • El propio alumno/a si es mayor de 18 años.

➡️ Si la familia no dispone de medios electrónicos, podrá solicitar asistencia en el centro educativo.


📎 Documentación necesaria

  • DNI/NIE de la persona solicitante o representante legal.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Justificante de matrícula.
  • Declaración responsable de los daños materiales sufridos.
  • Facturas o justificantes de compra del material escolar (si ya se ha adquirido).

🏛️ Tramitación y resolución

  • La Dirección General de Centros Docentes verificará las solicitudes.
  • Si falta documentación, se notificará para su subsanación.
  • Si se cumplen los requisitos, se concederá la ayuda.

📅 Plazo máximo de resolución: 3 meses desde la finalización del plazo de presentación.
Si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se considerará desestimada.


📨 Contacto y soporte

📩 Para dudas técnicas, se puede contactar con el soporte informático a través de los canales habilitados en la Secretaría Digital.


ℹ️ Recuerda

  • Todos los solicitantes que cumplan los requisitos recibirán la ayuda.
  • No se prioriza por orden de llegada.
  • Es importante presentar la documentación completa y en plazo.

👉 Más información oficial:
Consulta el DOGV

https://ceice.gva.es/es/informacio-dana

Enlace a pueblos afectados DANA

¡Trabajando por y para la familia!

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