Queridas familias,
Ayer os informábamos de las ayudas de la Generalitat Valenciana. Hoy recogemos las que han sido aprobadas en Consejo de Ministros para ayudar a los hogares, empresas, etc..
1- Las ayudas previstas en la ley por fallecimiento, incapacidad, daños en enseres y en vivienda han sido cuadruplicadas, es decir:
- Ayudas por fallecimiento e incapacidad: hasta 72.000 euros.
- Ayudas por daños en enseres y en vivienda habitual:
- Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.
- Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.
- Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda: hasta 20.640 euros.
- Por daños en elementos comunes de una Comunidad de vecinos: hasta 36.896 euros.
- En el caso de los enseres de primera necesidad, incluye muebles, electrodomésticos y todo lo que hace habitable la vivienda: hasta 10.320 euros.
2- Así mismo se eliminan los requisitos de renta para acceder a estas ayudas.
3- En caso de autónomos y microempresas, también hay ayudas:
- Autónomos: 5.000 euros.
- Microempresas 10.000 euros (menos de 1 millón de facturación) que se pueden incrementar hasta 150.000 euros (más de 10 millones de facturación).
4- Beneficios fiscales:
– Los afectados no tendrán que pagar el IBI correspondiente al ejercicio 2024.
– Se aplicará una reducción el IAE correspondiente al ejercicio 2024.
– No pagarán tasas de Tráfico quienes tengan que tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir sus carnets de conducir perdidos o dañados.
– No se pagará IRPF por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales.
– Ayer, 5 de noviembre, se producía el vencimiento del plazo para el ingreso del segundo pago del IRPF. El RDL aplaza pago hasta 2025 para los afectados por la DANA. Afecta a 200.000 contribuyentes.
– Se flexibilizan los plazos para el pago de tributos, tanto en período voluntario como ejecutivo, así como para presentar declaraciones catastrales.
– Posibilita el destino del superávit de las entidades locales para financiar inversiones para reparar los daños, que tendrán la consideración de financieramente sostenibles.
– Se permite que se puedan financiar determinadas necesidades financieras en 2024 y en 2025 con cargo a al Fondo de Financiación a Entidades Locales.
– Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias realizadas en la zona afectada.
- Medidas en materia de Seguridad Social:
– Las empresas podrán solicitar exenciones a la cotización a la Seguridad Social de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas o reducidas como consecuencia de la DANA.
– Faculta a empresas y autónomos a solicitar el aplazamientoo moratoria en el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social.
– Se amplían los plazos para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social e ingreso de las cuotas devengadas antes de la catástrofe natural, y se suspenden los procedimientos de recaudación.
– Los autónomos que cesen su actividad por motivo del impacto de la DANA podrán solicitar la prestación de cese de actividad sin que tengan que acreditar que existe fuerza mayor ni acreditar el requisito de periodo mínimo de cotización.
– Se considerará accidente de trabajo a efectos de la prestación económica las pensiones por incapacidad permanente, muerte y supervivencia, así como la incapacidad temporal (las bajas), de trabajadores y autónomos originadas como consecuencia de la DANA.
- Suspensión del pago de créditos con y sin garantía hipotecaria a los afectados por la DANA.
- Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas: se incrementan en un 15% durante 3 meses.
- Medidas de agilización judicial y del ámbito notarial y registral. Se establecen diversos mecanismos para habilitar a notarios con la finalidad de ampliar la capacidad disponible. Los registradores emitirán forma gratuita notas de localización de patrimonio inmobiliario u otros bienes cuando los titulares hayan perdido su documentación. Las Oficinas de los Registros Civiles utilizarán medios telemáticos para la tramitación y comunicación con los ciudadanos mientras persistan los efectos de la DANA.
- Se aprueba una línea de avales por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a hogares, empresas y autónomos. Se podrán conceder avales por importe máximo de 5.000 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2025.
¡Siempre con vosotros!
#SomosFamiliaNumerosa