Ayudas para universitarios y no universitarios afectados por la Dana

1- Ayudas, en materia educativa, para estudiantes no universitarios afectados por la DANA:

Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 01 de diciembre de 2024 a las 00:00
  • Hasta el 16 de diciembre de 2024 a las 23:59

Destinatarios

Estudiantes y familias con hijos e hijas estudiantes, afectados por la DANA, para posibilitar la recuperación o reposición de los libros de texto, así como del material escolar o de estudio

Requisits

  1. Cursar las enseñanzas comprendidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; en la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales o los grados D y E del sistema de formación profesional incluidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
  2. Que cumplan, además, una de las siguientes condiciones:
    1. Residir en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre; reunir los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y haber presentado la solicitud de las mismas.
    2. Que, no teniendo su residencia habitual afectada por los daños provocados por la DANA, los libros de texto, material escolar o de estudio de su propiedad, se encontraran en los centros educativos situados en los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y hubieran quedado inservibles.

Dotación

El beneficiario recibirá una ayuda por importe de 600 Euros.

Acceso a la tramitación en sede electrónica

Formulario de solicitud PDF

Presentación de la solicitud:

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro

Més informació

2-Subvenciones para estudiantes universitarios afectados por la DANA:

Plazos de Solicitud: 

Comienzo: 1/12/24 – Fin: 30/12/24

Beneficiarios:

Estudiantes universitarios que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que cursen los estudios a que se refiere la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
  • Que residan en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
  • Que cumplan, además, una de las siguientes condiciones:

1º Que, bien ellos directamente o bien su unidad familiar, cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, y que hayan presentado la solicitud de estas.

2º Que, no reuniendo los requisitos del apartado 1.º anterior, hayan perdido el material de estudio de su propiedad o este hubiera quedado inservible.

Presentación de solicitudes:

El plazo de presentación será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, es decir, entre el 1 y el 30 de diciembre de 2024, ambos días incluidos.

Las personas solicitantes acreditarán el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo mediante declaración responsable que se incluirá en la solicitud, sin perjuicio de las comprobaciones que correspondan.

La solicitud se realizará por alguno de estos dos medios:

  • Por correo electrónico a la dirección dana@ciencia.gob.es, junto con la solicitud de ayuda firmada mediante un sistema de firma electrónica avanzada, como los que pone a tu disposición la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Los correos electrónicos que se envíen para la presentación de la solicitud y la documentación que se adjunte no deberán tener un tamaño superior a los 40 Mb.

  • Presentación oficial, dirigida al Gabinete de la Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades, código DIR3 EA0041040, indicando en el asunto “DANA ayudas estudiantes universitarios”, en las siguientes oficinas:
    • Oficinas de Correos.
    • Oficinas de Atención en Materia de Registro de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
    • Oficinas de Atención en Materia de Registro de cualquier Administración Pública, tanto de las Comunidades Autónomas como de las Entidades Locales.
    • Oficinas de Atención en Materia de Registro de las Universidades Públicas.

Formulario de solicitud y declaración responsable para presentación por correo electrónico PDF (ES) (169 KB)

Formulario de solicitud y declaración responsable para presentación en formato papel PDF (ES) (172 KB)

Més informació

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